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martes, 24 de enero de 2017

Peritación de fachadas y medianeras


lunes, 16 de enero de 2017

Peritación de instalaciones edificatorias


martes, 26 de abril de 2016

Herramientas del arquitecto perito

Herramientas útiles en la actividad pericial del arquitecto

Instrumental para la intervención pericial


Para desempeñar su función con la profesionalidad adecuada, el arquitecto perito necesitará ciertos medios e instrumentos, que serán más sencillos o más complejos dependiendo de las características del edificio y de las circunstancias asociadas a los hechos sometidos a consideración.

Equipo básico de identificación

El equipo básico de identificación puede quedar compuesto por los siguientes útiles:
Cámara con zoom

Binoculares

Lupa

Linterna


Útiles de representación

La memoria es efímera, y las fotografías no siempre muestran el detalle suficiente, de modo que el arquitecto perito necesitará representar lesiones o defectos, para lo cual precisará útiles de dibujo, ya sean estos tradicionales o digitales (tablet pc).
Tablet PC


Instrumentos de caracterización

Para medir longitudes se requerirá:
Medidor láser

Tarjeta de fisuras

Calibre digital

Galga


Para medir deformaciones:
Plomada

Nivel láser

Regla


Otros medios de caracterización que pueden necesitarse son:
Guantes desechables

Bolsas de plástico

Martillo de nylon

Clavos

Destornillador

Cutter

Cepillo

Bayeta

Punzón

Fisurómetro


Medios especializados

  • Spray de fenolftaleína
Detector de armaduras

Inclinómetro

Humidímetro

Termohigrómetro

Cámara termográfica

Esclerómetro

  • líquidos penetrantes
  • equipo de ultrasonidos.

jueves, 23 de octubre de 2014

Formulación y contradicción de tachas

Las tachas del arquitecto perito

Formulación y contradicción


El arquitecto perito tendrá en el juicio o en la vista la intervención que las partes soliciten y que el Tribunal permita. El Tribunal sólo rechazará las solicitudes de intervención que, por su finalidad y contenido, puedan estimarse impertinentes o inútiles. Entre las finalidades admitidas se encuentra la formulación de tachas que pudieran afectar al arquitecto perito.

Las tachas del arquitecto perito

Un arquitecto perito de parte, no designado judicialmente, no puede ser recusado, pero puede ser objeto de tacha si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
  • es cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil, de alguna de las partes o de sus abogados o procuradores
  • tiene interés en el asunto a tratar o en otro similar
  • está o ha estado en situación de dependencia o comunidad, o bien de contraposición de intereses, con alguna de las partes, sus abogados o sus procuradores
  • tiene amistad íntima o enemistad con cualquiera de las partes, sus procuradores o sus abogados
  • es objeto de cualquier otra circunstancia que le hace desmerecer en el concepto profesional, estando la misma bien acreditada.

En los juicios verbales, las tachas no pueden formularse después del juicio o vista. En los juicios ordinarios, las tachas se proponen en la audiencia previa al juicio. Al formular tachas contra un arquitecto perito se puede proponer la prueba conducente a justificarlas, que no podrá ser testifical.

Contradicción de la tacha

Cualquier parte interesada puede dirigirse al Tribunal a fin de negar o contradecir una tacha, aportando cuantos documentos considere pertinentes al efecto. Si la tacha menoscaba la consideración profesional o personal del arquitecto perito, el mismo podrá solicitar que el Tribunal declare, mediante providencia, que la tacha carece de fundamento. Si el Tribunal aprecia temeridad o deslealtad procesal en la tacha, a causa de su motivación o de las circunstancias de la formulación, podrá imponer sanciones a la parte responsable.
Arquitecto perito














Daniel Trujillano, Arquitecto perito
http://www.arquitectotrujillano.com/periciales/home.html
Redacción de informes periciales relacionados con la edificación en España

miércoles, 22 de octubre de 2014

Procedimiento de recusación

La recusación del arquitecto perito

Ámbito y trámite


Sólo pueden ser objeto de recusación los arquitectos peritos designados por el Tribunal mediante sorteo. Los peritos de parte no pueden ser recusados, pero pueden ser objeto de tacha. Las causas posibles de recusación son:
  • las previstas en la L.O.P.J.
  • haber emitido anteriormente sobre el mismo asunto dictamen contrario a la parte recusante
  • haber prestado servicios como perito al litigante contrario, o ser socio o dependiente del mismo
  • tener participación en sociedad, empresa o establecimiento que sea parte del proceso.

Escrito de recusación

La recusación se tramita mediante escrito firmado por el abogado y el procurador de la parte, si intervienen en la causa, y dirigido al titular del Juzgado o al Magistrado ponente, si se trata de un Tribunal colegiado. El escrito debe concretar la causa de recusación y los medios de probarla. Si la causa es anterior a la designación del arquitecto perito, el escrito debe presentarse dentro de los dos días siguientes al de la notificación del nombramiento. Si la causa es posterior al nombramiento, pero anterior a la emisión del dictamen pericial, el escrito de recusación podrá presentarse antes del día señalado para el juicio o vista o al comienzo de los mismos. Después del juicio o vista, el arquitecto perito no podrá ser recusado, pero las causas de recusación que existieran al tiempo de emitir el dictamen podrán ser puestas de manifiesto al Tribunal antes de que dicte sentencia. Si la sentencia se emite antes de que se pueda comunicar las causas de recusacion, las mismas podrán ser expuestas ante el tribunal competente para la segunda instancia.

Trámite de recusación

El escrito de recusación que se presente en tiempo y forma deberá ser trasladado al arquitecto perito recusado y a las partes. El perito recusado deberá manifestar ante el Secretario judicial si es o no cierta la causa de recusación. Si la reconoce como cierta, se le tendrá por recusado y será reemplazado por el perito suplente.
Arquitecto perito














Daniel Trujillano, Arquitecto perito
http://www.arquitectotrujillano.com/periciales/home.html
Redacción de dictámenes periciales relacionados con la edificación en España

Solicitud y tramitación de la designación judicial

La designación judicial del arquitecto perito

Solicitud y tramitación


Tanto el demandante como el demandado pueden solicitar en sus respectivos escritos iniciales que se proceda a la designación judicial de arquitecto perito, si entienden conveniente o necesario para sus intereses la emisión del informe pericial. El Tribunal procederá a la designación siempre que considere que el dictamen pericial solicitado es pertinente y útil. El dictamen debe ir a costa de quien lo solicite, ello sin perjuicio de lo que pudiere acordarse en materia de costas. La designación judicial de arquitecto perito no puede solicitarse con posterioridad a la demanda o a la contestación, a no ser que se refiera a alegaciones o pretensiones no contenidas en la demanda. La designación judicial debe llevarse a cabo dentro del plazo de 5 días contados desde la presentación de la contestación a la demanda. El Tribunal podrá nombrar, si ambas partes se muestran conformes, un único perito. En este caso, el abono de los honorarios del arquitecto perito corresponderá a ambos litigantes por partes iguales, sin perjuicio de lo que luego se decida en materia de costas.

Tramitación de la designación judicial

El Colegio de arquitectos debe enviar, en enero de cada año, una lista de colegiados dispuestos a actuar como peritos. La primera designación de la lista se debe efectuar por sorteo en presencia del Secretario judicial. Si se requiere sucesivas designaciones se deberán realizar por orden correlativo a partir de la que resultare en el sorteo. En el mismo día, o bien en el siguiente día hábil, el Secretario judicial deberá comunicar la designación al arquitecto perito titular, requiriéndole para que manifieste si acepta el cargo antes de que transcurran dos días. Si el perito acepta el cargo, se efectuará su nombramiento y se procederá al juramento o promesa de veracidad e imparcialidad. Si el perito designado aduce justa causa que le impide la aceptación y el Secretario judicial la considera motivada, se procederá a su sustitución por el siguiente de la lista de peritos.
Arquitecto perito














Daniel Trujillano, Arquitecto perito
http://www.arquitectotrujillano.com/periciales/home.html
Redacción de dictámenes periciales relacionados con la edificación en España