martes, 21 de octubre de 2014

Abstención, recusación y ratificación del arquitecto perito

Abstención, recusación y ratificación

La declaración del arquitecto perito


Un arquitecto perito designado por el Juez en quien concurra alguna de las causas que señala la Ley deberá abstenerse del conocimiento del asunto sin esperar a que se le recuse. El arquitecto perito nombrado por el Juez, Sala o Sección que conozca del asunto tendrá que abstenerse si concurre alguna de las causas legalmente previstas. La abstención debe ser debidamente justificada y puede formalizarse de manera oral o por escrito. Si la causa de la abstención existe al tiempo de la designación, el perito no deberá aceptar el encargo, y deberá ser sustituido en el acto por el perito suplente. Si la causa de la abstención se produce después de la aceptación del cargo, la abstención deberá elevarse al Juez o Magistrado (Juzgado) o bien al Magistrado ponente (Sección o Sala), el cual decidirá sobre la cuestión, previa audiencia de las partes. 

Ratificación del arquitecto perito

La ratificación del arquitecto perito debe realizarse en la sede del Juzgado o Tribunal que esté conociendo del asunto de que se trate, aunque el domicilio del profesional se encuentre fuera de la circunscripción judicial correspondiente. Si existe dificultad para realizar el desplazamiento o bien circunstancias personales que hagan especialmente gravosa la comparecencia se podrá solicitar auxilio judicial para la práctica de los actos de prueba.

El arquitecto perito en el juicio o vista

Es aconsejable que el arquitecto perito se apoye en su informe al hacer su declaración. Si el informe contiene fotografías, convendrá que las describa con detalle. En el acto del juicio, las pruebas se practican en un orden concreto:
  1. interrogatorios de parte
  2. declaraciones de los testigos
  3. declaraciones de los peritos de la parte demandante
  4. declaraciones de los peritos de la parte demandada
  5. declaraciones de los peritos judiciales.

Por ello, la hora a la que se cita al arquitecto perito puede ser muy anterior a la hora final en la que preste su declaración, porque la hora de la citación es sólo la prevista para el inicio del juicio.
Arquitecto perito














Daniel Trujillano, Arquitecto perito

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