martes, 17 de septiembre de 2013

Responsabilidad decenal, trienal y anual

Los agentes responsables

Atribución de responsabilidades


El arquitecto perito no debe atribuir responsabilidades, sólo debe señalar si los daños o defectos son atribuibles al proyecto, a la dirección de la obra o a la ejecución. Sin embargo, normalmente esa atribución condicionará directamente al juzgador a la hora de adjudicar responsabilidades a los agentes participantes en el proceso constructivo. A este respecto conviene tener en cuenta los plazos de responsabilidad que prescribe la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). La LOE establece tres plazos de responsabilidad, en periodos de uno, tres y diez años, en función de  los diversos tipos de daños materiales que puedan aparecer en los edificios.

Responsabilidad anual

Durante el primer año, el constructor ha de responder por los daños materiales derivados de una deficiente ejecución que afecten a los elementos de terminación y acabado.

Responsabilidad trienal

Durante tres años, todos los agentes deben responder por los daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad. Eso incluye los vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos que afectan a la higiene, la salud, la protección del medio ambiente, la estanqueidad, la evacuación de residuos, la protección contra el ruido, el ahorro de energía y a aquellos aspectos funcionales que permiten un uso satisfactorio del edificio.

Responsabilidad decenal

Durante diez años, todos los agentes deben responder por los daños que resulten de vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio. Eso incluye los vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga y otros elementos estructurales, siempre que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Cómputo de plazos

En todos los casos, los plazos empiezan a contarse:
  • desde la fecha de recepción de la obra si se ha producido sin reservas
  • desde la fecha de subsanación de las reservas, en su caso

Responsabilidad solidaria

El arquitecto perito debe intentar determinar técnica y objetivamente la causa o causas primeras de los daños o defectos, pero si finalmente no puede individualizar la causa, su dictamen inducirá al Juez a dictar una condena solidaria, puesto que siempre que no puede precisarse el grado de intervención de cada agente en el daño producido, la responsabilidad debe exigirse solidariamente. 
Arquitecto perito












Arquitecto Daniel Trujillano

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