jueves, 14 de agosto de 2014

Ratificación del dictamen

Presencia del arquitecto perito en el juicio

La intervención oral


La Ley de Enjuiciamiento Civil no exige la ratificación del dictamen pericial, la prueba no pierde validez por el hecho de no ser ratificada. No obstante, se da potestad al juzgador para acordar la presencia del perito en el acto del juicio, tanto de oficio como por instancia de parte, en pos de una mayor comprensión y de una mejor valoración del informe pericial.

Procedimiento de ratificación

La ratificación de los peritos debe realizarse en la sede del Juzgado o Tribunal que esté conociendo del asunto, aunque el domicilio de los mismos se encuentre fuera de la circunscripción judicial. Si la comparecencia del perito resulta imposible o especialmente gravosa, bien por razón de la distancia, de la dificultad del desplazamiento, de circunstancias personales o por cualquier otra causa análoga, se podrá solicitar el auxilio judicial para los actos de prueba.

Contenido de la intervención oral

La asistencia del perito permite que el juzgador recabe del mismo cuantas explicaciones considere necesarias. Las partes pueden requerir del perito:
  • la exposición y explicación del dictamen
  • la justificación del método empleado, así como de las premisas o conclusiones adoptadas
  • la ampliación de aspectos concretos
  • la crítica del dictamen pericial presentado por alguna de las partes
  • la formulación de tachas.

El arquitecto perito no debe introducir aspectos nuevos en su intervención oral, sino limitarse a lo referido por escrito, incluso leyendo en voz alta párrafos de su propio dictamen o haciendo referencia a apartados concretos del mismo. Si se le requiere que amplíe la información puede solicitar el otorgamiento de un plazo para preparar su respuesta, y si el Juez no otorga dicho plazo adicional puede declarar simplemente que no está en condiciones de responder.

El careo

El careo entre peritos es el sometimiento de los mismos al contraste verbal de sus opiniones. La Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que los expertos sean examinados de manera conjunta cuando deban declarar sobre los mismos hechos. En cualquier caso, el Juez puede requerir la intervención conjunta de todos los peritos e incluso formular las mismas preguntas para todos, a fin de contrastar las diferentes opiniones y aclarar posibles contradicciones.
Dictamen pericial arquitecto












Daniel Trujillano, Arquitecto perito
Redacción de informes periciales relacionados con la edificación en España

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